ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO (Ley 7/2007 de 12 de abril) (BOE núm.89, del viernes 13 de abril)
El Boletín Oficial del Estado numero 89, del viernes 13 de abril, ha publicado la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto del que la Federación de Servicios Públicos (FSP) de UGT ya mostrara su satisfacción, calificando el texto como un buen ejemplo de lo que debe ser el paso de un Acuerdo por el Parlamento: respetuoso con el espíritu de lo pactado.
En este sentido, nuestro sindicato destaca que el texto, lejos de desvirtuar el Acuerdo de Estatuto firmado entre el Gobierno y los sindicatos, incorpora algunas cuestiones en la línea de lo defendido por UGT en la mesa de negociación como:
La adaptación de la estructura de grupos profesionales al sistema europeo, por la que éstos pasarán de los cinco actuales a cuatro.
La posibilidad de estudiar el acceso a la jubilación anticipada de determinados colectivos, en la línea que marca la Reforma Laboral y las que facilitarán la jubilación parcial a los empleados públicos. Ambos aspectos coinciden con las reivindicaciones del sindicato.
La incorporación de todos los beneficios que aporta la Ley de Igualdad al Estatuto del Empleado Público.
La obligación de las Administraciones Públicas de aplicar planes de igualdad en su ámbito, a desarrollar mediante negociación colectiva y la tipificación del el acoso moral como falta muy grave.
La FSP-UGT recuerda que el Estatuto actual es el resultado de un largo y difícil proceso hasta alcanzar un Acuerdo entre el Gobierno, UGT y otras fuerzas sindicales. El Estatuto plasma la mayoría de nuestras propuestas encaminadas a mejorar las condiciones laborales de los empleados públicos como:
Creación de un modelo homogéneo de función pública, un marco básico para todos los empleados públicos en la totalidad del país.
Estructura salarial básica con salario base, trienios y pagas extraordinarias. La única retribución complementaria que no formará parte de estas pagas es la productividad.
Reconocimiento del derecho de los interinos a percibir trienios.
Compromiso de las Administraciones Públicas de reducir drásticamente la temporalidad, mediante procesos extraordinarios de consolidación de empleo.
Equiparación de la escala de representatividad de los funcionarios al personal laboral.
Readmisión del personal laboral fijo cuando el despido sea declarado improcedente como consecuencia de un expediente disciplinario.
Derecho a la evaluación del desempeño de todos los empleados públicos. Su configuración se hará de forma negociada y con transparencia y criterios objetivos.
Reconocimiento legal, por primera vez, de la figura del empleado público. Se avanza hacia la equiparación de todos los colectivos de empleados públicos.
Ampliación significativa de las materias objeto de negociación colectiva.
En opinión de UGT se trata de un logro histórico, sin duda una de las reformas más necesarias para consolidar la democracia y dignificar la situación sociolaboral de los empleados públicos. |
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